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el ebitda se impulsa un 57% hasta los 862.000 euros

El beneficio semestral del grupo Cleop cae un 87% hasta los 50.000 euros

28/09/2018 - 

VALÈNCIA (VP). Compañía Levantina de Edificación y Obras Públicas, más conocida por su acrónimo Cleop, presentó un beneficio consolidado de 50.000 euros en la primera parte del año, un 87% menos respecto a los 379.000 euros que ganó durante el primer semestre del pasado ejercicio, cuando los redujo también un 76% como contó este diario.

Entre enero y junio de este año, la cifra de negocio consolidada obtenida por el grupo presidido por Carlos Turró se incrementó un 6%, hasta los 7,65 millones de euros, "como consecuencia de la buena evolución del segmento de geriatría y de servicios", según ha informado la cotizada a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por hecho relevante; mientras que el Ebitda se disparó un 57% hasta alcanzar los 862.000 euros.

La empresa ha informado en su comunicado que "con referencia al resultado neto individual, se incluye el resultado financiero negativo por la reversión de la espera de la deuda concursal propia y la actualización de saldos concursales de Gerocleop, S.L.U por importe de 846 miles de euros". Asimismo advierte que "la cartera de obras actual supondrá un incremento significativo de la cifra de negocios del segmento de construcción en los próximos meses y la obtención del objetivo de Ebitda previsto". Por lo pronto, y según la constructora valenciana, la cartera actual del grupo se ha duplicado en los últimos doce meses, dado que al cierre de junio de 2017 ascendía a 11,18 millones de euros y un año más tarde se situaba en los 22,15 millones.

En junio de 2018 se aprobó el convenio de acreedores de la sociedad dependiente, Gerocleop, S.L.U. En dicho convenio se prevé el pago de la totalidad de la deuda a los acreedores ordinarios, sin quita, en un plazo de tres años con uno de carencia, tal y como se recoge en dicho hecho relevante. El convenio se aprobó con el amplísimo apoyo recibido de los acreedores comerciales y entidades financieras, concretado en el hecho de que más del 94 por ciento de su pasivo ordinario -deducidos los créditos ordinarios de las administraciones públicas (no ha emitido su voto ninguna de ellas)- se ha adherido a la propuesta de convenio.

Por otro lado, el grupo explica que las recientes resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) notificadas el pasado 14 de septiembre confirman que no podrá exigirse por parte de la Agencia Tributaria el pago de la deuda de Cleop derivada a las sociedades filiales, mientras no haya transcurrido el plazo de pago en periodo voluntario de la referida deuda en sede del deudor principal. De dichas resoluciones del TEAC -junto con las resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Regional de Baleares (TEAR) en sede de Cleop-, se concluye que no procede la exigencia del pago a las sociedades dependientes, ni por lo tanto los embargos realizados, por lo que no se tenía que haber producido la situación de iliquidez que ha provocado el concurso de acreedores de dos de las sociedades filiales. La empresa ha ha solicitado a la AEAT la ejecución de dichas resoluciones del TEAC.

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