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El IVO analizará las bases de la convocatoria de Sanidad antes de decidir si se presenta

13/06/2017 - 

VALÈNCIA (EFE). El Instituto Valenciano de Oncología (IVO) está analizando las bases de la convocatoria de acción concertada para la presentación asistencial integral oncológica de la Conselleria de Sanidad antes de decidir si se presenta.

Fuentes de esta entidad han informado a EFE de que tras la publicación este lunes en el Diario Oficial de la Generalitat (DOGV) de esta convocatoria necesitan "un tiempo para analizar y valorar" su decisión, algo para lo que tienen de plazo hasta el próximo 10 de julio.

El DOGV publicó una resolución de la consellera de Sanidad, Carmen Montón, que declaraba la "urgencia" de esta convocatoria de acción concertada y aprobaba las condiciones administrativas y técnicas y los requisitos aplicables a la acción concertada.

 Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana o de reposición ante la Conselleria de Sanidad.

La resolución afirma que el abordaje riguroso y coordinado del cáncer "incluye el establecer alianzas estratégicas con otras entidades que se ocupan de la resolución de este problema de salud con un acercamiento interdisciplinar, para mejorar la coordinación de la red de servicios asistenciales entre si y con la comunidad, con la persona en el centro de nuestra actividad",

Recuerda que la Ley 7/2017, de 30 de marzo, de la Generalitat, regula la celebración de acuerdos de acción concertada con entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, para la prestación a las personas de servicios de carácter sanitario, con medios ajenos a la red propia del sistema público sanitario de la Comunitat.

sto, añade, "va a permitir encauzar estas alianzas con aquellas entidades de lucha contra el cáncer de arraigo social y tratamiento integral de la enfermedad".

Según la resolución, el acuerdo de acción concertada que se suscriba tendrá una duración inicial de tres años desde la fecha de su formalización y podrá prorrogarse de forma sucesiva, anual y de mutuo acuerdo, hasta una duración máxima de diez años.

a resolución señala que el acceso de los pacientes a las prestaciones asistenciales oncológicas objeto del presente acuerdo requerirá siempre de la remisión previa desde los departamentos de salud de la Conselleria de Sanidad.

Además, la entidad deberá informar mensualmente a la Conselleria sobre los tiempos de demora en la realización de la primera consulta general del paciente, así como en la aplicación del tratamiento con radioterapia cuando esta sea la primera prestación.

También señala que para los supuestos de incumplimientos de obligaciones por parte de la entidad se establece un "sistema tasado de penalizaciones" y, dependiendo de la gravedad, se harán efectivas mediante la "deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse a la entidad concertada".

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