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el órgano fiscalizador insta a hacienda a adoptar medidas

La Intervención emite informes contra las empresas públicas que reinciden en sus incumplimientos

13/01/2017 - 

VALENCIA. La Intervención de la Generalitat parece decidida a impedir que sus recomendaciones sobre el cumplimiento de la legalidad en asuntos de personal o contratación en las empresas públicas sigan cayendo en saco roto. Con ese propósito, el órgano fiscalizador ha emitido varios informes para comunicar a la Conselleria de Hacienda que son varias las empresas que no han corregido sus incumplimientos y, al mismo tiempo, le insta a adoptar medidas.

En los últimos meses, la viceintervención de la Generalitat ha solicitado a los presidentes del consejo de varias de estas sociedades que detallen las medidas correctoras aplicadas. Entre ellas están Ciudad de las Artes y las Ciencias (CAC), Culturarts, Consorcio Hospital Provincial de Castellón, Sociedad Proyectos Temáticos (SPT), la Fundación Palau de Les Arts, Fisabio o Aerocas.

Las advertencias tienen que ver con la falta de diligencia de los respectivos consejos a la hora de adoptar medidas para cumplir con algunas de las recomendaciones reflejadas por la Intervención de la Generalitat en sus auditorías de cumplimiento de la legalidad de las empresas y fundaciones públicas en 2015.

En muchos casos, esas recomendaciones tienen que ver con las medidas a adoptar para recuperar indemnizaciones que las empresas abonaron de más a directivos o trabajadores despedidos en los ejercicios anteriores y con la no publicación de las relaciones de puestos de trabajo, tal y como estaban obligadas a hacer.

Según alerta la Intervención, la inacción de sus respectivos gestores ha provocado un perjuicio económico las sociedades. Es el caso, por ejemplo, de las reclamaciones por indemnizaciones de despido, en las que el plazo para reclamar la devolución del dinero abonado de más prescribe transcurrido un año. En estas situaciones, la Ley 1/2015, de 6 de febrero, prevé que se les pueda exigir a los responsables una indemnización para reparar el perjuicio generado.

SPT toma medidas, Aerocas no

Algunas de las sociedades públicas ya han reaccionado a las advertencias de la Intervención para intentar cumplir con la normativa. Es el caso de la SPT, cuyo consejo de administración reclamó el pasado mes de septiembre la devolución de 15.000 euros a tres exempleados, el equivalente a la parte de salario que excedía la norma para un año, ya que lo cobrado con anterioridad ha prescrito y no se les puede reclamar.

Dos de esos trabajadores recurrieron y los juzgados de lo social de Alicante les han dado la razón, por lo que la Conselleria de Hacienda ha creado un complemento de garantía personal transitorio y absorbible para estos empleados ante la imposibilidad de bajarles automáticamente el sueldo para ajustarse a la legalidad.

El límite fijado en los presupuestos para el personal laboral del sector público valenciano es el equivalente a la retribución de un subdirector general de la Generalitat, que ronda los 50.000 euros.

Ciudad de la Luz, dependiente de la SPT. Foto: EVA MÁÑEZ

Otras sociedades, sin embargo, siguen buscando fórmulas para no ajustarse a lo que les exige la Intervención. Es el caso de Aerocas, donde la Intervención detectó una serie de incidencias relacionadas con el régimen de personal o con los mecanismos de contratación.

Fuentes de esta firma explicaron que se ha encargado un análisis jurídico a un experto externo antes de seguir las recomendaciones de la Intervención, que el pasado mes de mayo alertó de incumplimientos en materia laboral que instaba a corregir. La empresa sostiene que actúa de manera coordinada con la Generalitat.

Tal y como publicó este periódico, el auditor alertó de que en 2013 el consejo acordó, sin autorización previa de la Conselleria de Hacienda, subirle el sueldo a una de sus empleadas tras asumir el cargo de directora general, pero sin "modificar formalmente su régimen jurídico"

La directora general de Aerocas era Patricia Llopis, que hasta entonces estaba sometida al régimen laboral común. Como en el momento de su despido en 2015 recibía el tratamiento de personal directivo a efectos salariales (40.293 euros brutos anuales), se le tuvo que abonar una indemnización superior a la que en principio le correspondería. La empleada llegó a un acuerdo con la empresa en el Servicio de Mediación para irse con 52.826 euros.

También en 2015 la empresa despidió a un administrativo con una indemnización de 22.364 euros que, tras el acto de conciliación, se incrementó en 23.703 euros hasta un total de 46.068 euros.

El interventor instó a analizar la "adecuación a normativa" de esas indemnizaciones para, en caso necesario, "solicitar la autorización por parte del Consell para la liquidación efectuada, ya que en ambos casos superaba el máximo establecido en la Ley de Presupuestos de 2015".

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