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VALENCIA. El juzgado de lo contencioso administrativo número dos de Alicante ha dado la razón a un interino de larga duración -más de cinco años- al pedir cobrar la carrera profesional. Se trata de la primera sentencia de este tipo en la Comunitat Valenciana.
El afectado interpuso un demanda contra la Conselleria de Sanidad por rechazar su inclusión en el sistema de carrera profesional y pidió que se le abonaran las diferencias salariales devengadas.
Sanidad entendía que solo era posible incluir a los recurrentes en el sistema de salud desde su primera incorporación definitiva a un puesto de plantilla de personal sanitario adscrito a la Conselleria.
Una directiva europea recoge un acuerdo bajo el título "principio de no discriminación". "Por lo que respecta a los condiciones de trabajo no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas", recoge.
Esto quiere decir que si un funcionario y uno fijo ocupan un puesto de trabajo en el que desarrollan las mismas funciones no concurren razones objetivas que justifiquen la diferencia de trato entre unos y otros.
Además, critica que la Administración pervierta la figura del interino, que en realidad está pensada para supuestos específicos, tasados y en un breve espacio de tiempo. "El legislador no está pensando que alguien puede ser interino toda su vida laboral", asegura, lo que implica el dar la razón al demandante.