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TRAS LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA

Aerocas asegura que los 120 millones para la exconcesionaria estaban previstos y no suponen gasto adicional

VALENCIAPLAZA.COM. 18/09/2013 La sociedad pública cofra en 76 millones el importe a pagar por el préstamo participativo de 44 millones otorgado en 2003

CASTELLÓN (EP). La sociedad pública Aerocas ha destacado este miércoles que los 120 millones de euros que deberá pagar a la exconcesionaria del aeropuerto de Castellón tras darse por resuelto el contrato no suponen un "gasto sobrevenido" ya que estaba previsto pagar por la obra realizada ni un "desembolso adicional" ya que paga por la parte de trabajo no abonada y ha subrayado que, en todo caso, la sentencia del juzgado que así lo ha determinado ha estimado sus peticiones al no acordar una indemnización adicional por los 50 años de gestión como pretendía Concesiones Aeroportuarias.

Así lo han indicado fuentes de Aerocas a Europa Press, que han recalcado que la sentencia del juzgado de primera Instancia número 1 de Castellón que declara resuelto el contrato entre Aerocas y Concesiones Aeroportuarias (Conaer) para la construcción y explotación del aeropuerto de Castellón y obliga a la promotora de la infraestructura a abonar a la exconcesionaria más de 120 millones de euros por las obras ya ejecutadas, estima sus peticiones de pagar sólo por la obra civil del aeródromo y no la indemnización adicional por los 50 años de gestión como pretendía la otra parte.

En este sentido, estas fuentes han destacado que los 120 millones de euros que debe pagar Aerocas no suponen un gasto sobrevenido porque ya estaba previsto por la obra realizada, no significan un desembolso adicional y han subrayado que en 2003 la sociedad pública otorgó un préstamo participativo de 44 millones a Concesiones --que se convierten automáticamente en deuda-- por lo que el importe real a abonar es de 76 millones.

El juez en la sentencia estima la demanda reconvencional de la promotora del aeropuerto contra la exconcesionaria y declara resuelto el contrato para la construcción del aeropuerto, imponiendo las costas procesales a Conaer. Por otro lado, el magistrado desestima la demanda interpuesta por Conaer contra Aerocas, en la que solicitaba una indemnización por las obras del aeropuerto y otras adicionales por considerar que la promotora del aeródromo había incumplido el contrato suscrito por ambas partes.

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