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"NO SE ACOMODA AL ESTATUTO DE AUTONOMÍA"

Català envía una carta a la
AVL instándole a modificar
la definición de valenciano

VALENCIAPLAZA.COM. 13/02/2014 La carta va acompañada del dictamen de 32 páginas emitido ayer por el CJC sobre la definición de valenciano en el Diccionari Normatiu y que apunta a que "no se acomoda" a lo que dispone el artículo 6.1 del Estatuo

VALENCIA. La consellera de Educación, María José Català, ha remitido hoy una carta al presidente de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, Ramón Ferrer, en la que le "insta" a modificar en su Diccionario Normativo la definición de valenciano, tras el dictamen emitido por el Consell Jurídic Consultiu.

La carta va acompañada del dictamen de 32 páginas emitido ayer por el CJC sobre la definición del valenciano, que en el quinto punto de las conclusiones determina que esa definición "no se acomoda" a lo que dispone el artículo 6.1 del Estatuto de Autonomía ni en la ley de creación de la AVL.

La Generalitat Valenciana pide a la Acadèmia que "modifique" la definición de valenciano incluida en el Diccionari Normatiu Valencià de acuerdo al dictamen emitido por el Consell Jurídic Consultiu y según lo previsto "en el ordenamiento jurídico valenciano".

En la misiva, la consellera expone: "dado que de las conclusiones del dictamen (del CJC), especialmente en el punto quinto, se deriva que la definición de valenciano contenida en el Diccionari Normatiu Valencià no se acomoda a lo que dispone tanto el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana como la misma Ley de Creación de la AVL, le insto a considerar las recomendaciones emitidas y estimarlas, de manera que la definición de valenciano cumpla y se modifique según lo que está previsto en el ordenamiento jurídico valenciano y el dictamen del CJC".

Fue la propia María José Català quien solicitó, también por carta, al Consell Jurídic Consultiu un dictamen "con carácter de urgencia" sobre si la definición de valenciano incluida en el Diccionari Normatiu Valencià de la Acadèmia Valenciana de la Llengua se "acomodaba" al Estatuto de Autonomía.

En el caso del valenciano, dicha obra dice que el valenciano es "lengua románica hablada en la Comunitat Valenciana, así como en Cataluña, las Islas Baleares, el departamento francés de los Pirineos Orientales, el Principado de Andorra, la franja oriental de Aragón y la ciudad sarda de l'Alguer, lugares donde recibe el nombre de catalán".

La acepción del catalán es muy similar, ya que lo describe como una "lengua románica hablada en Cataluña, así como en las Islas Baleares, el departamento francés de los Pirineos Orientales, el Principado de Andorra, la franja oriental de Aragón, la ciudad sarda de l'Alguer y la Comunitat Valenciana, donde recibe el nombre de valenciano".

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