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CON LAS MANCOMUNIDADES Y OTROS ENTES SUBE A 235 MILLONES

Los ayuntamientos deben 185 millones por facturas en el cajón

VALENCIAPLAZA.COM. 16/04/2014 La Sindicatura de Comptes fiscaliza las cuentas pendientes de pago de las entidades locales de la Comunitat Valenciana

VALENCIA. La Sindicatura de Comptes ha entregado en les Corts el Informe de fiscalización de las obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto, reparos e informes formulados por intervención. Se trata del primer informe a nivel nacional referido a 2012 que recoge esta información, que ha sido previamente requerida por la Sindicatura de Comptes con el objetivo de analizar los gastos sin consignación presupuestaria y de reforzar el control interno de los organismos locales de la Comunitat.

En total han sido 342 las entidades locales que han remitido información. Del resto, 231 han comunicado que no tenían información al respecto, por no haberse producido los hechos requeridos, aunque en 45 organismos la Sindicatura ha constatado la existencia de obligaciones sin consignación, por un total de 9,8 millones. Las restantes 197 entidades han incumplido su obligación de responder al requerimiento de información.

Con todo ello, la Sindicatura de Comptes ha comprobado que al cierre de 2012 existen al menos 10.882 facturas pendientes de aplicar al presupuesto, cuyo importe asciende a 235,38 millones de euros. El 84,5% de este importe está contabilizado en la cuenta 413 (Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto) del Plan General de Contabilidad Pública, mientras que 33,95 millones de euros están sin contabilizar. Por tipo de entidad, los ayuntamientos sumaban 185,34 millones (casi el 80% del total), de los que 109,68 millones correspondían al ejercicio 2012, y 75,65 millones a años anteriores.

Pese al elevado importe, las obligaciones sin consignación han disminuido un 50% respecto a las de 2011 (465,8 millones de euros) como consecuencia de la aplicación de los diferentes programas de pago a proveedores. La Sindicatura recuerda en su informe que "se debe cumplir la normativa y evitar la práctica de contraer obligaciones sin cobertura presupuestaria y al margen del procedimiento legal establecido", ya que "la realización de estos gastos indebidamente, además de incidir en la estabilidad presupuestaria, constituye un incumplimiento de la normativa aplicable". Por ello, señala que "previa acreditación de su existencia y exigibilidad, estas obligaciones precisan ser convalidadas mediante un acto de reconocimiento extrajudicial de créditos, que corresponde al Pleno de la entidad".

PRINCIPALES REPAROS DE LA SINDICATURA

En cuanto a los reparos e informes de la intervención, la Sindicatura ha recibido información de 147 municipios. Por tamaño, 8 de los 10 ayuntamientos de entre 50.000 y 100.000 habitantes han remitido información, mientras que solo lo ha hecho 1 de los 5 mayores de 100.000 habitantes.

En conjunto, se han recibido 4.088 reparos e informes que afectan a gastos o ingresos superiores a 3.000 euros o que suponen perjuicio para la hacienda local. El origen de esta discrepancia se encuentra entre otros aspectos en alterar el orden de prelación de créditos, contraer obligaciones sin que exista dotación de crédito en la partida presupuestaria, o sin haber tramitado antes el preceptivo expediente de contratación, según la naturaleza e importe de las operaciones con un mismo proveedor, no haber aprobado planes de ajuste ni plan económico-financiero, aprobar subvenciones y convenios con entidades culturales, deportivas u otras sin fines de lucro vulnerando la normativa en materia de subvenciones o de contratación, en su caso, aprobar convenios con entidades deportivas que establecían unas condiciones en base a las que se podría interpretar que existe una relación laboral entre la entidad local y los empleados de aquellas, pagar complementos de productividad sin que conste que se hayan calculado con criterios objetivos establecidos previamente, aprobar modificados que tienen su origen en errores contenidos en el proyecto técnico inicial de la obra.

El informe se concluye con una serie de recomendaciones, recordando que "las retribuciones e indemnizaciones deben ser satisfechas al trabajador por la administración con quien mantenga relación jurídico-laboral", y que "por estar ligado a factores subjetivos individualizados, no puede reconocerse la percepción de una cuantía fija y periódica en concepto de productividad".

Además, en opinión de la Sindicatura es necesario que las entidades locales concilien toda su información con el fin de evitar discrepancias entre la documentación remitida y las cuentas presentadas en su momento, como ocurre en esta ocasión en la que se ha puesto de manifiesto que casi 100 entidades manejan información contradictoria.

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