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calatravatelaclava.com

El juez condena a EU a cerrar la web de Calatrava y a indemnizarle con 30.000 euros

VALENCIAPLAZA.COM. 15/05/2014



VALENCIA. El juez ha condenado a Esquerra Unida a cerrar el dominio calatravatelaclava.com, y a indemnizar al arquitecto Santiago Calatrava con 30.000 euros por los sobrecostes, según ha publicado el diputado y portavoz adjunto del grupo parlamentario en Les Corts, Ignacio Blanco, en su Twitter y que también ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia en la Comunitat (TSJCV) en la red social. 

Según Blanco, juez entiende que la petición de 600.000 euros por Calatrava "es del todo punto excesiva" y podría causar un enriquecimiento injustificado. Los fundamentos en los que basa la condena es en el dominio de la web calatravatelaclava.com y apunta a su disección, llegando a la conclusión de que supone una intromisión en el honor del arquitecto. Respecto al contenido entiende que entra dentro de la crítica que debe realizar un partido político y reconoce el derecho a la libertad de expresión. 

La decisión del juez ha sorprendido ya que la Fiscalía de Valencia se oponía a que el juez dictara el cierre provisional de la página porque consideró que iría en contra del artículo 728.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), mientras que la defensa del arquitecto valenciano insistía en que a través de esta web se le hace "mofa" y se le da un trato "injurioso y vejatorio". Respecto al dominio, señala que la composición 'calatrava-te-la-clava' implica "evidente sorna" y describe que el arquitecto "no actúa con la necesaria profesionalidad y honradez", sino que "te engaña, te estafa, se enriquece injustamente, abusa de la confianza" y otras interpretaciones que "ciertamente constituyen necesariamente una intromisión ilegítima en el ámbito de la protección de derecho al honor".

Entiende que con este nombre existe un "menosprecio" y una "pública descalificación personal y profesional". Al respecto, insiste en que volviendo al análisis gramatical, lógico, sistemático y teleológico, de este dominio se desprende que 'calatrava' "no es una persona fiable, más allá de su calidad profesional, en su calidad como persona honesta".

Y agrega: "este matiz de 'te la clava' excede en su interpretación directa del hecho de cobrar muchísimo, fuera de lugar e injustamente, que de ser solo con este sentido, no resultaría suficiente para la protección del derecho fundamental del honor". Así, considera que en este caso debe prevalecer sobre el derecho de libre expresión, al ser la expresión lesiva para la dignidad de la persona.

Es más, considera que la expresión utilizada en el título como dominio "no se justifica desde un ámbito sociológico, por los usos sociales que han relajado el lenguaje como una realidad viva en su evolución al igual que el derecho, especialmente en el tratamiento entre determinados grupos o colectivos, pues tales usos, muy al contrario, otorgan en tiempos de crisis material, aún más importancia a la dignidad personal".

SE INFRINGE EL DERECHO AL HONOR CON EL TÍTULO

En definitiva, el juez entiende que se infringe el derecho al honor de Calatrava con el título de la página, y éste "es el primer contacto que se transmite al usuario de las redes sociales y de internet". Aunque sí cree que podría considerarse excepción a la intromisión ilegítima el contenido de la página por entender que pudiera existir predominio de un interés cultural relevante, dada la significación particular y el impacto estético --"guste más o menos o nada"-- de la obra del arquitecto.

En relación con el contenido de la página, el juez afirma que si bien puede decirse que la mayoría de las noticias que se publican resultan "poco favorables" a la labor profesional del arquitecto, o bien se relacionan defectos y vicios constructivos en determinados proyectos, entiende que estarían, sin embargo, dentro de los límites de la crítica como reflejo o uso del derecho también fundamental de la libertad de expresión e Información.

 

"Desde luego no compartimos la sentencia y vamos a estudiar detenidamente la presentación de un recurso", ha asegurado Blanco. "Toda la información que contiene la página web es veraz está acreditada documentalmente y entendemos que es de relevancia pública porque se trata de los millones de euros que los valencianos nos hemos gastado de más en los proyectos de Santiago Calatrav". Aunque el juez considera injuriosa la expresión 'te la clava', Esquerra Unida defiente que es una expresión que tiene un contexto social en el que se usa y por eso entienden que Calatrava "nos la ha clavado".

"Hay que destacar que la sentencia nos da la razón en lo más importante que es el contenido de la página web", ha insistido el portavoz adjunto de EU. "El juez entiende que nuestra crítica, que está documentada entra dentro de los límites del ejercicio del derecho a la información y de la libertad de expresión". Blanco asegura que estudiarán la sentencia con detenimiento y esperan que en segunda instancia "se pueda hacer justicia". 

La decisión del juez ha sorprendido ya que la Fiscalía de Valencia se oponía a que el juez dictara el cierre provisional de la página porque consideró que iría en contra del artículo 728.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), mientras que la defensa del arquitecto valenciano insistía en que a través de esta web se le hace "mofa" y se le da un trato "injurioso y vejatorio". 

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