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Cómo incentivar el Mercado Alternativo Bursátil

Por BORJA LOPEZ POL y CARLOS GARCÍA-OLÍAS. 14/04/2010

VALENCIA. Poco a poco, quizá más lentamente de lo esperado, las sociedades españolas están decidiendo dar el salto al Mercado Alternativo Bursátil (MAB), mercado con características especiales que se engloba dentro de lo que se conoce como sistema multilateral de negociación. Empresas como Zinkia, Imaginarium, Gowex y Medcomtech (la última en acceder, 25 de marzo de 2010) han tomado ya esta decisión

Ante la actual coyuntura económica y las dificultades para obtener financiación, el MAB pone a disposición de empresas con reducida capitalización una posibilidad de captar recursos propios y acometer así sus proyectos empresariales. El acceso al MAB requiere de unos requisitos de transparencia e información menos exigentes que los establecidos para una salida al mercado continuo.

Cierto es que en la situación actual manda la incertidumbre bursátil, pero el MAB es un mercado incipiente con amplias posibilidades y que permitirá el acceso a financiación de las pequeñas y medianas empresas (pymes), que son las más abundantes en el tejido empresarial español.

Bolsas y Mercados Españoles (BME) promociona constantemente el MAB y ha contado últimamente con el apoyo de ciertas Administraciones Públicas que ven en este mercado una fuente de ayuda y cauce de prosperidad para las pymes españolas. Pero, ¿cómo pueden las Administraciones Públicas promocionar e incentivar un mercado de estas características? La respuesta es clara: además de por la publicidad, por la vía de la subvención y del incentivo fiscal.

Puesto que con la entrada al MAB las pymes españolas podrían captar nuevos recursos para su desarrollo, fortalecer su crecimiento y abrir su accionariado, una forma más que atractiva para potenciarlo sería conceder subvenciones a las empresas que decidan tomar esa senda y conceder incentivos fiscales a los inversores. La experiencia acumulada en países que han sido un referente a la hora de regular el MAB en España, como son el Reino Unido y Francia, aconsejan que existan medidas de estímulo fiscal para este nuevo mercado.

De llevarse a cabo esta clase de iniciativas por parte de las Administraciones Públicas, tendrían un eco importante en la sociedad, puesto que, hoy en día, es un reclamo magnífico cualquier ayuda que mejore la rentabilidad financiero-fiscal de una inversión.

Desde un punto de vista práctico cabría preguntarse qué tipos de medidas fiscales se podrían adoptar. Éstas podrían ir desde una casi nula tributación en el Impuesto sobre Sociedades por los dividendos y plusvalías derivadas de la venta de acciones de sociedades cotizadas en el MAB, o deducciones en la cuota del IRPF para pequeños inversores-ahorradores, hasta bonificaciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad de Operaciones Societarias, para compañías que accedan al MAB, entre otras.

Con este enfoque, las Administraciones Públicas (sobre todo en el nivel de las Comunidades Autónomas) han querido estimular el acceso al MAB y han comenzado a adoptar medidas que van en esta línea. Éstas se sustentan sobre dos pilares fundamentales: subvencionar a fondo perdido a las empresas para cubrir gastos de intermediación, abogados, asesores registrados, sondeos iniciales, preparación de acceso definitivo, presentación y colocación, etc. y proporcionar incentivos fiscales vía deducción en la cuota del IRPF para las personas físicas.

Como se puede observar, las dos líneas acometidas hasta ahora son claras, y buscan, por un lado, la ayuda a la empresa que quiera dar el paso definitivo al MAB; y, por otro, incentivar al inversor particular para que se decida a invertir en las pymes que circulen por el MAB.

Hasta la fecha, de las diecisiete Comunidades Autónomas, sólo Galicia, Cataluña, Madrid y Murcia han tomado medidas al respecto. A nivel estatal, sólo existe la subvención vía préstamo -a través de ENISA- para empresas que se decidan a dar el paso de cotizar en el MAB. De especial interés son las líneas establecidas en Madrid (pendientes de aprobar) y Cataluña (ya aprobadas), puesto que abordan el incentivo desde un doble plano: el de la empresa (subvención) y el del inversor (deducción en el IRPF).

Con cierta timidez se vislumbran iniciativas en otras Comunidades Autónomas, como ocurre en Valencia, aunque no se manifiesten todavía en ninguna medida concreta. Sería deseable que en la Comunidad Valenciana, en la que -recordemos- existe una larga tradición en el mercado bursátil, se tomaran decisiones similares a las apuntadas, pues a buen seguro tendrán una más que aceptable acogida entre el empresariado y los inversores valencianos.

(Borja López Pol y Carlos García-Olías son abogados de Uría Menéndez en Valencia)

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