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Climent confirma la forma prevista para la transmisión del juicio y rechaza la oposición de Costa

09/12/2011 El exsecretario general del PPCV consideraba que la presencia constante de una cámara y fotógrafo en la sala vulneraba su derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva y excedía al derecho a la información

VALENCIA (EP). El magistrado-presidente del tribunal del jurado en la 'causa de los trajes' derivada del caso Gürtel, Juan Climent, ha confirmado la forma prevista para la transmisión del juicio, en el que se sentarán en el banquillo de los acusados el expresidente de la Generalitat Francisco Camps y el ex secretario general del PPCV y diputado, Ricardo Costa, y ha rechazado la oposición formulada por este último que consideraba que la presencia constante de una cámara y un fotógrafo en la sala vulneraba su derecho a la defensa y excedía al derecho a la información.

Así lo ha decidido en dos providencias de fecha de este viernes -contra las que cabe recurso de súplica- donde contesta a dos escritos presentados por Camps y Costa en relación a la fórmula prevista para la transmisión del juicio a los medios. En el caso de Camps, que pedía que se atendiera a las condiciones de transmisión de "integridad" de todas las declaraciones que tengan lugar en las sesiones del juicio, el magistrado-presidente tiene por hechas sus manifestaciones y por ya prevista la transmisión y grabación íntegra de las declaraciones pedida.

En este sentido, Climent señala que la elección de la publicación de las declaraciones en la vista no depende ni del gabinete de prensa del TSJCV ni del magistrado-presidente "sino del interés informativo y la decisión al respecto de los propios medios de comunicación".

Así, señala que, a fecha de hoy, "se ha previsto el correspondiente dispositivo de grabación y retransmisión íntegra de imagen y sonido a una sala próxima y a los medios de comunicación en su conjunto, a los efectos de paliar las limitaciones de aforo de la propia sala de vistas y las demandas de información de los medios que deseen en su totalidad".

Por su parte, Costa había expresado su oposición al protocolo establecido para garantizar la información del juicio oral -y una protesta subsiguiente en el caso de no modificarse- ya que consideraba que la presencia constante de una cámara y fotógrafo en la sala vulneraba su derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva y excedía al derecho a la información.

PEDÍA SOLO UN "MUDO"

Asimismo, denunciaba parcialidad "evidenciada al elegir la total retransmisión de la declaración de determinados testigos y no otros", que vulneraba el derecho a información veraz y que el derecho a la informaión se vería satisfecho con la realización de un "mudo" y la presencia de medios en la sala.

El magistrado-presidente señala en su providencia que el "protocolo" aludido no se puede calificar como tal en sentido estricto, sino que obedece a las previsiones del Gabinete de Prensa del TSJCV "en punto a la ordenación de la labor de información de los medios de comunicación que lo han soliictado", según las disponibilidades de espacio, la "necesaria compatibilidad" del ejercicio del derecho a la informaión, el "normal transcurso" de las sesiones del juicio y la "no perturbación" de la atención del jurado.

En esta línea, señala que son unas previsiones "análogas" a las de recientes vistas, en las que no se ha afectado al derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes, y que se ajustan a los dispuesto en el 'Protocolo de Comunicación de la Justicia' aprobado por el Consejo General del Poder Judicial.

Asimismo, puntualiza que la elección de la publicación de las declaraciones en la vista depende del interés informativo y la decisión de los propios medios, que dispondrán de un dispositivo de grabación y retransmisión íntegra de la inamgen y sonido en una sala próxima para paliar las limitaciones de aforo de la propia dependiencia donde se celebrará el juicio. El magistrado-presidente resalta que todos los medios "son tratados en condiciones de igualdad".

En todo caso, señala que este proceso "se ha de resolver exclusivamente en los términos que resulten de lo actuado en la vista oral y pública, conforme a las prescripciones legales, y no con arreglo a las informaciones y opiniones" publicadas por los medios, cuyo contenido no es de competencia del tribunal "ni ha de afectar a lo que se decida en el proceso".

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