X AVISO DE COOKIES: Este sitio web hace uso de cookies con la finalidad de recopilar datos estadísticos anónimos de uso de la web, así como la mejora del funcionamiento y personalización de la experiencia de navegación del usuario. Aceptar Más información
GRUPO PLAZA
EL TSJCV RECALCULA LA SANCIÓN A INSTANCIAS DEL SUPREMO

El Atrium Beach, uno de los iconos del urbanismo salvaje, multado con 3,8 millones por exceso de edificabilidad

12/08/2012 Ni el Ayuntamiento de Vila-joiosa ni el Consell, que había impueso inicialmente una multa de 12 millones, recurrirán la sentencia. Sí lo harán los promotores del edficio
ALICANTE. La sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha fijado en 3.832.858 euros la sanción a la empresa promotora del hotel Atrium Beach de La Vila Joiosa (Alicante), tras la decisión del Supremo de ordenar revisar el fallo del TSJCV que anulaba la multa de 12 millones de euros impuesta por la Generalitat a la mercantil por el exceso de obra construida en el complejo porque este importe fue notificado 15 días después de que expirara el plazo legal.

En una sentencia del pasado 13 de julio, el TSJCV considera que el porcentaje para calcular la multa debe hacerse sobre el estado real de la obra en el momento de su paralización y no sobre el total, es decir, sobre lo construido en ese momento, según ha informado en un comunicado el Ayuntamiento de La Vila, que ha decidido no recurrir el fallo. Asimismo, ha apuntado que la Generalitat tampoco ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia.

Según el consistorio, el TSJCV ha fijado la sanción a pagar por los promotores del Hotel Atrium Beach de La Cala en 3.832.858 euros, una cantidad que deberá abonarse al Ayuntamiento de La Vila Joiosa.

El concejal de Fomento Económico y Sostenible de la localidad, Jerónimo Lloret, ha explicado que el Ayuntamiento de La Vila Joiosa no tiene previsto recurrir al Tribunal Supremo esta decisión.

Según el consistorio, la sentencia del TSJCV desestima el recurso de los promotores del hotel Atrium Beach en todos sus puntos, excepto en uno, y considera que el valor a tener en cuenta a efectos de determinar la sanción es "el correspondiente al estado real de la obra ilegal en el momento de su ilegalización y no el presupuestado para la obra acabada ni el relativo a su valor de mercado".

El informe elaborado por el secretario municipal a raíz de la sentencia del TSJCV indica que el valor real se fijó pericialmente en 25.552.391 euros, "sobre el que hay que aplicar la correspondiente sanción conforme a lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento de Disciplina Urbanística, en este caso, un 15 por ciento, por importe de 3.832.858" euros.

El Ayuntamiento ha decidido no recurrir porque, según Jerónimo Lloret, "la sentencia da la razón al Ayuntamiento en todos los puntos, excepto en la cuantía de la sanción a los promotores del Atrium Beach por exceso de edificación" y el secretario municipal en su informe considera que un recurso ante el Tribunal Supremo sería "jurídicamente poco viable", dado que el TSJCV "ha interpretado correctamente el Reglamento de disciplina urbanística".

Según Lloret, este artículo especifica que se sancionará con multa del 10 al 20 por ciento de su valor el exceso de edificación. "En este caso, se ha sancionado con un 15 por ciento, es decir, con 3.832.858 euros, que es la cantidad que ingresarán las arcas municipales", ha indicado.

"EXCELENTE NOTICIA"

El consistorio ha recordado que la sentencia del TSJCV resuelve el recurso presentado en su día por el Hotel Luna (Atrium Beach), y lo desestima en todos sus puntos, excepto en la cuantía de la sanción por exceso de edificación. "El TSJCV redujo a cero la cuantía a pagar por la promotora del Atrium Beach. Ahora, el mismo tribunal ha vuelto a considerar la multa, elevándola a 3,8 millones de euros. Por lo tanto, se trata de una excelente noticia para el Ayuntamiento y de un éxito de la Administración", ha considerado Jerónimo Lloret.

En septiembre de 2003, la Generalitat valenciana aprobó el expediente sancionador del Ayuntamiento de La Vila, con una multa de 12 millones de euros impuesta a la mercantil por el exceso de obra en el hotel. Esta sanción, la más alta de tipo urbanístico acordada hasta la fecha en España, se impuso por la realización de más de 14.470 metros cuadrados de obras sin licencias destinadas a la construcción del hotel y una galería comercial.

El TSJCV anuló en 2008 la multa al considerar que la sanción fue notificada 15 días después de expirar el plazo legal. Contra esta decisión recurrieron ante el TS el consistorio y el Consell, que aceptó sus recursos y ordenó al alto tribunal valenciano revisar el caso y dictar una nueva resolución. Ahora, el TSJCV, en una sentencia de 13 de julio donde indica que el exceso de edificabilidad ha sido probado suficientemente por la administración, fija la sanción en 3.832.858 euros.

Noticias relacionadas

Comparte esta noticia

comentarios

Actualmente no hay comentarios para esta noticia.

Si quieres dejarnos un comentario rellena el siguiente formulario con tu nombre, tu dirección de correo electrónico y tu comentario.

Escribe un comentario

Tu email nunca será publicado o compartido. Los campos con * son obligatorios. Los comentarios deben ser aprobados por el administrador antes de ser publicados.

publicidad