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SE NOTIFICÓ POR UNA VÍA TELEMÁTICA QUE AÚN NO ESTABA EN VIGOR

Anulan una multa de tráfico por publicarse en Internet

04/10/2012 Había notificado la sanción a través del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (Testra) cuando aún no había entrado en vigor 

VALLADOLID (EP).  El Tribunal Económico-Administrativo de Castilla y León ha anulado el embargo de cuentas practicado a un automovilista por el impago de una multa, al que se había notificado la sanción a través del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (Testra) en Internet, según ha informado asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que había llevado el caso ante el tribunal.

En su sentencia, el tribunal considera que el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (Testra) no es "el diario oficial procedente" para publicar multas anteriores al 24 de noviembre de 2010. Según han informado fuentes de AEA al afectado se la había ejecutado un embargo por 150 euros (más el 20 por ciento de recargo) como consecuencia de una multa de tráfico.

La organización presentó la reclamación porque consideró que la Dirección General de Tráfico (DGT) utilizó indebidamente el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (Testra), en vigor desde el 24 de noviembre de 2010, para notificar expedientes sancionadores iniciados con anterioridad.

AEA ha advertido de que existen otros 200.000 expedientes sancionadores "indebidamente" tramitados por la Dirección General de Tráfico, la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Madrid, que "podrían correr la misma suerte que el ahora resuelto favorablemente" por el Tribunal Económico Administrativo.

En su resolución, el tribunal considera que "la notificación regulada en la Ley sobre Tráfico, en su redacción dada por la Ley 18/2009, sólo procedía desde el 24 de noviembre de 2010 según la Disposición final séptima de dicha Ley", y dado que se trataba de un expediente iniciado con anterioridad "no consta que, después de dos intentos para notificar la resolución de un recurso de alzada en el domicilio del interesado, se procediera a su publicación en el BOE ni a su exposición en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio".

Por ese motivo, el tribunal considera que la denuncia no está debidamente notificada y ha acordado estimar la reclamación y, en consecuencia, anular el cobro ejecutivo de la multa que Hacienda deberá devolver con los intereses legales correspondientes, porque, según se indica en el fundamento de derecho séptimo de la resolución, "la notificación de la resolución del recurso de alzada no se ha practicado en el diario oficial procedente".

Esta resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Castilla y León, resuelta ahora favorablemente para el automovilista injustamente embargado, es la primera que se produce en España y avala la denuncia que desde el primer día de funcionamiento del Testra realizó la organización de defensa de los conductores.

CRÍTICAS EN 2010

En noviembre de 2010, AEA denunció la existencia de "graves irregularidades" en el sistema que entonces se ponía en marcha para notificar las multas de tráfico a través de Internet y "anunció que llevaría ante los tribunales a cualquier administración que vulnerara los legítimos derechos de los ciudadanos en un tema tan esencial en el procedimiento sancionador como es la correcta notificación de las sanciones".

La Dirección General de Tráfico negó entonces tales irregularidades y junto con el Servicio Catalán de Tráfico y el Ayuntamiento de Madrid siguió utilizando el Testra para publicar notificaciones de expedientes sancionadores iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la ley que cambió el procedimiento sancionador en materia de tráfico, "a fin de ahorrarse el coste de los anuncios en los diarios oficiales tradicionales".

"EL GOBIERNO VASCO SI ACTUÓ CORRECTAMENTE"

Por el contrario, según AEA, el Gobierno vasco sí hizo una interpretación correcta de la ley y no empezó a publicar anuncios de sanciones en el Testra hasta nueve meses más tarde, ya que sólo utilizó este sistema para notificar excepcionalmente los expedientes sancionadores iniciados a partir del 24 de noviembre de 2010 en los que no había sido posible la notificación personal en el domicilio de los ciudadanos.

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo "esta resolución del Tribunal Económico-Administrativo de Castilla y León supone un importantísimo precedente jurídico y pone en evidencia el poco respeto que tienen las Administraciones como la DGT, el Servei Catalá de Tránsit o el Ayuntamiento de Madrid por las garantías jurídicas de los automovilistas". Por ello, ha apuntado la posibilidad de reclamar responsabilidades personales "de quienes adoptan decisiones manifiestamente ilegales."

AEA estima que en estos cerca de dos años de existencia del Testra, las citadas administraciones han realizado más de 200.000 publicaciones edictales correspondientes a expedientes sancionadores iniciados con anterioridad al 24 de noviembre de 2010.

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