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ORIHUELA. La segunda sesión de respuestas de la Fiscalía y acusación particular en el caso Brugal ha concluido hoy con la exposición del letrado Miguel Porras en representación del Ayuntamiento de Orihuela como acusación particular en el juicio que encausa la rama oriolana de esta macrocausa. El letrado se ha adherido a lo que ya expuso ayer el fiscal Pablo Romero en nombre del Ministerio Fiscal y ha abogado por que el juicio se celebre con todas las pruebas.
En su explicación ha agrupado la postura del Ayuntamiento oriolano en bloques de argumentación.
El primero de ellos es el que afecta a la fase inicial del procedimiento y a la posible "naturaleza ilícita de grabaciones privadas de Fenoll" y que pueden anular la fase inicial del procedimiento según pide la defensa. Su exposición se ha basado en la doctrina Falciani, una sentencia de 2017 del Tribunal Supremo. Considera que la ilicitud de las pruebas no tendría que tener tal efecto cuando esa ilicitud la genera un particular y no el Estado -en referencia a la grabación de Fenoll-. Entiende que esa regla de las pruebas ilícitas viene a proteger al ciudadano frente al Estado y que las "intervenciones abusivas" que denuncia la defensa en Brugal, en todo caso, vendrían de un particular.
En concreto, la doctrina Falciani daba por buena la prueba consistente en la utilización de los datos recopilados y difundidos por Hervé Falciani para confirmar una condena por delito fiscal, existiendo constancia de que fueron sustraídos de forma ilegítima por él mismo.